Acuerdos prenupciales

¿Se puede regular en España la frecuencia de relaciones sexuales en un contrato prematrimonial?

Ben Affleck mira con ternura a Jennifer en un ‘photocall’.

Ben Affleck mira con ternura a Jennifer en un ‘photocall’. / Getty

Cuando Jennifer López puso como condición en el acuerdo prenupcial que Ben Aflleck le garantizara sexo, al menos cuatro días a la semana, pasó a ser una más de las excentricidades que algunos famosos ponen como condición a su pareja para comenzar una vida juntos. Es cierto que la mayoría de estas clásulas se refieren a las cantidades millonarias que recibirá la otra parte en caso de infidelidad o, incluso a las adicciones presentes o futuras.

Como muestra, un botón. Cuando Nicole Kidman se casó con el músico Keith Urban, ex adicto a las drogas y al alcohol, acordaron 600.000 dólares  para el músico por año de matrimonio en caso de divorcio, pero nada si recaía en las drogas. También hay exigencias puramente físicas. Catherine Zeta-Jones no recibirá lel millón de dólares por año de matrimonio si se separa de Michael Douglas, 25 años mayor, si ella engorda diez kilos o más. Otro acuerdo con cifras millonarias es el de Jay-Z y Beyoncé. Él le pagará a ella cinco millones de dólares por cada hijo para cubrir las cancelaciones de giras y conciertos por el embarazo y, aedemás, un millón de dólares por año de matrimonio en caso de divorcio.

Actores de Hollywood, cantantes internacionales.. todos quieren dejar claro las condiciones para irse a vivir con su pareja porque el amor se acaba y, en ocasiones, el patrimonio también. Pero no hay nada nuevo bajo el sol. Los acuerdos prematrimoniales eran algo común en la realeza de hace siglos. En las capitulaciones de Cervera, Isabel de Castilla establecía unas condiciones a su futuro esposo, Fernando de Aragón donde se comprometía, entre otras cosas, a respetar las libertades y los fueros de las villas y ciudades castellanas así como la libertad eclesiástica y no podría ordenar nada si su firma no iba acompañada de la de su esposa.

Y en España, ¿sería posible un acuerdo similar al de JLo y Ben Affleck?

“Este tipo de acuerdos antes de casarse cada vez son más habituales y ya no solo es cosa de famosos ni de Hollywood”, afirma la vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), María Pérez Galván, quien dirige las XXVI Jornadas de Derecho de Familia organizadas por la Aeafa y el Colegio de Abogados de Sevilla y a las que acudirán cerca de 300 abogados y jueces especializados.

María Pérez Galván María Pérez Galván

María Pérez Galván / M. G.

Hasta ahora quienes se acogían a los contratos prematrimoniales eran personas que vienen de relaciones anteriores donde ha habido problemas a la hora de la separación, pero cada vez son más habiuales en las primeras nupcias. A diferencia de lo que ocurre en otros países como Alemania, en España esta figura no está recogida de manera expresa en el Código Civil, aunque sí lo contemplan algunos ordenamientos jurídicos forales como en Cataluña. No obstante, a pesar de esta falta de reconocimiento explícito, son perfectamente válidos y eficaces en todo el país por el principio de autonomía de la voluntad.

¿Qué puedo incluir en un contrato prenupcial?...

"Lo habitual es incluir aspectos económicos: cómo se afrontarán los gastos de la familia, de los futuros hijos, qué porcentaje asumirá cada uno, etc. También se establecerá la renuncia o reconocimiento de indemnización o compensación en caso de ruptura", subraya María Pérez Galván.

Y siguiendo con la actualidad rosa, es un buen instrumento para prever la situación de los hijos en caso de ruptura de la pareja. Seguramente Shakira y Piqué se habrían ahorrado las negociaciones entre abogados si tuvieran uno. Este pacto en previsión  de ruptura también es aplicable a las parejas de hecho al tratarse de un acuerdo para regular las situaciones familiares futuras tras una ruptura.

"Lo ideal es que, si tienen previsto tener hijos, dejen manifestada la voluntad y alcance de la futura vida cuando la pareja ya no esté junta en relación con la corresponsabilidad con esos niños comunes. No obstante, el juez y el fiscal en un proceso muy conflictivo tienen la última palabra a la vista de la realidad del momento para favorecer siempre del interés del menor. Igualmente se puede acordar quién se quedará con el cuidado del animal de compañía que comparte el matrimonio", apostilla.

Las condiciones que esta abogada ha incluido en algún contrato son variadas. Desde que podrán seguir realizando viajes en solitario al extranjero, como cacerías o senderismo si a la otra parte no le gusta este tipo de actividades. También se puede fijar un reconocimiento de que uno de los dos pide excedencia para dedicarse más a la familia y, por tanto, el derecho a una compensación en caso de ruptura”, añade.

...¿Y qué no?

Según María Pérez Galván, el límite está en el respeto a la dignidad de la pareja. "Todo lo que sea contrario a la ley, la moral y el orden público. En cualquier caso, lo que se pacte no puede ser contrario a la libertad y dignidad personal y al libre desarrollo de la personalidad", explica. "Considero que no se debe pactar la fidelidad por atentar en mi opinión contra la libertad de la persona ni otras cuestiones que no dependan solo de la voluntad del obligado. Además, luego resulta muy difícil probar el incumplimiento por entrar en la esfera de la vida privada de las partes", apostilla.

Según esta interpretación, muchos de las cláusulas de las parejas famosas no serían admitidas en España.

¿Es sólo para ricos?

Muchos de los contratos prenupciales se firman para salvar el patrimonio individual de cada uno en caso de ruptuar, pero hay otros aspectos como la crianza de los niños que no tienen que ver con el dinero. María Peréz Galván, con una dilatada experiencia en derecho de familia los recomienda para todos. "No solo a quienes van a contraer matrimonio, sino para todos los que tienen un proyecto de vida en común”, indica.

Un congreso en Sevilla para el Derecho de Familia

Los contratos prematrimoniales son solo uno de los diferentes temas que se tratarán en las Jornadas de Derecho de Familia que se celebrarán en Sevilla 6 y 7 de octubre. Una gran cita donde tienen previsto acudir unos 300 juristas y que cuenta con una experiencia de 25 ediciones. Aquí se abordarán las cuestiones más actuales en materia de divorcios, filiaciones, custodias, discapacidad, herencias, etc.

Junto al de los acuerdos en previsión de ruptura, uno de los temas más candentes es el de la pensión de alimentos: qué efectos tiene la falta de relación entre padres e hijos. “Tenemos ahora una nueva corriente doctrinal sobre casos donde los hijos ignoran a uno de los progenitores y lo rechazan, al tiempo que exigen seguir recibiendo la pensión de alimentos tras la mayoría de edad. Cada caso tiene sus circunstancias especiales y hay que analizarlo con detenimiento, pero cada vez es más habituales que los jueces tengan en cuenta estas situaciones injustas de abuso de derecho gracias a la labor del abogado especialista, que pone sobre la mesa la nueva realidad social no regulada legalmente”, enfatiza la directora del congreso y vicepresidenta de la Aeafa, María Pérez Galván.

Esta cuestión será tratada durante la conferencia impartida por el magistrado del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Córdoba, Antonio Javier Pérez Martín.

Asimismo, las jornadas de Sevilla repasarán la última Jurisprudencia penal del Tribunal Supremo en materia de Familia, por parte del magistrado de la Sala 2.ª del TS, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre; el impacto de las nuevas tecnologías en las familias a cago del abogado Miguel Salas o la problemática de la atribución judicial del uso de la vivienda familiar propiedad de un tercero por el letrado Alejandro Fuentes-Lojo Rius.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios