Carmen Márquez Bozal, fiscal del Registro Civil

“Hay una inseguridad jurídica tremenda en el cambio de sexo de los menores”

  • La fiscal del Registro Civil aboga por una respuesta unitaria que evite discriminaciones

  • “Lograr una pensión o la nacionalidad no es un fin del matrimonio”

Carmen Márquez Bozal, fiscal del Registro Civil

Carmen Márquez Bozal, fiscal del Registro Civil

Carmen Márquez Bozal, fiscal responsable del Registro Civil de Sevilla desde 2010, explica en esta entrevista la inseguridad jurídica derivada de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que autorizó a los menores de edad transexuales registrar su cambio de sexo y no solo su nuevo nombre. También analiza los matrimonios “de conveniencia” y los criterios flexibles del Registro Civil para que la gente pueda llamarse ahora Lola, Pepe o Conchita.

—¿Cómo evoluciona la cifra de matrimonios en Sevilla?

Sigue una progresión creciente. Solo en el Registro Civil de Sevilla se inscribieron 2.103 matrimonios en 2018 y en lo que llevamos de año ya suman 2.789. Ahora se está dando cita para febrero de 2020.

— ¿Como controlan los matrimonios “de conveniencia”?

— En 2018 se celebraron en el Registro Civil de Sevilla 27 audiencias para comprobar el consentimiento. Se hace en los casos bajo sospecha, como el matrimonio de un extranjero con estancia irregular en España o cuando hay mucha diferencia de edad o mucha diferencia patrimonial entre los cónyuges. En estos casos suele ser un hombre de edad avanzada que se casa con su cuidadora.

Muchas veces se aprenden de memoria las preguntas que les puede hacer el juez pero se equivocan en cuestiones tontas como sus gustos de comidas, si salieron anoche o la ropa que llevaban. El otro día rechazamos un matrimonio con una diferencia de edad de 20 años, el hombre respondió perfectamente al cuestionario pero de repente dijo que estábamos en el año 1989. Cuando le pedimos que lo aclarara, respondió que estábamos en 2001.

— ¿Por qué se rechazan esos matrimonios?

Porque no responden al fin del matrimonio según el Código Civil. Claro que quieren casarse, pero no para formar una familia y los demás fines matrimoniales, sino para que ella tenga una pensión o para conseguir la nacionalidad, y eso no se puede admitir.

—¿Qué porcentaje se rechazan?

A los que responden bien a todas las preguntas, por mucho que sospechemos, no tenemos más remedio que autorizarlos.

—¿Hay muchas peticiones de cambio de nombre?

Ahora hay muchas solicitudes para llamarse con un diminutivo: Lola, Pepe, Manolo o Conchita. Suelen alegar que llevan toda la vida identificados con ese nombre y no con Dolores, José o Concepción.

El nombre es el signo distintivo de una persona, por eso tienen que justificar que llevan un tiempo usando otro. Suelen aportar cartas de amigos o llevar testigos. Somos flexibles con los que alegan que tienen un nombre feo o antiguo que les martiriza, pero en esos casos primero tienen que usar el nuevo y luego pedir el cambio.

— ¿Qué tendencia hay para nombres de recién nacidos?

Casi todos los nombres son hoy posibles. Se prohíben los que induzcan a error respecto al sexo, los ofensivos, los que perjudiquen objetivamente a la persona, los deshonrosos o humillantes. Ahora no se puede poner el mismo nombre a dos hijos, aunque uno haya fallecido, ni poner a uno Alejandro y a otro Alexander.

"Discriminación tremenda" si algunos Registros cambian el sexo y otros no

— ¿Qué opina de la sentencia del Tribunal Constitucional que permite a los menores de edad transexuales cambiar su mención relativa al sexo?

Va a dar lugar a mucha problemática, es un tema importante de interpretación. Hasta ahora, según una Instrucción de la dirección general de los Registros y el Notariado, se autorizaba el cambio de nombre a los menores porque son niños que desde temprana edad han mostrado disforia de sexo e interpretan de forma muy clara que están en un cuerpo equivocado. Pero ahora el Tribunal Constitucional también permite cambiar la mención al sexo en el Registro y en el DNI cuando el menor tenga “suficiente madurez y una situación estable de transexualidad”. El problema es como se demuestra eso.

Hay que dar una respuesta unitaria para que todos los Registros Civiles de España actúen de la misma manera. Dejarlo a criterio de cada uno es totalmente contrario a la seguridad jurídica.

—¿Se ha pedido ya en Sevilla?

Aquí todavía no se ha planteado ningún caso pero sé que algún Registro Civil en Andalucía y España están elevando consultas a la dirección general de los Registros y el Notariado.

Espero que acaben regulándolo porque supone una discriminación tremenda que, dependiendo de dónde vivan, tengan o no derecho a una cosa que es trascendente.

Mi criterio sería cambiar la mención al sexo a partir de una cierta edad, por ejemplo 15 o 16 años.

— ¿Cuántos casos hay en Sevilla de cambio de nombre de menores transexuales?

Antes de 2010 casi no existían peticiones pero llevamos dos años en que cada mes tenemos una o dos. Antes pensabas que solo se daba después de los 16 años, pero ahora estamos viendo niños desde los siete o nueve años.

—¿Cómo es la audiencia para decidir sobre sus peticiones?

Cuando ves estos casos cambias la perspectiva, es una realidad que no creías que existiera y eso te impresiona. Anatómicamente se corresponden mucho con lo que piden, y eso que no están tratados hormonalmente.

No van disfrazados, se les nota que hay una disforia de género. Sobre todo impresiona mucho ver a la familia porque son niños que tienen un drama enorme, lo pasan muy mal y son objeto de mucho bullying.

Cuando consiguen el nuevo nombre es un triunfo para ellos, les cambian de colegio y, como realmente tienen apariencia del sexo que pretenden, empiezan una nueva vida y se quitan una carga de encima.

— ¿La Fiscalía de Sevilla se opone a inscribir hijos de maternidad subrogada?

Entendemos que no concurren los requisitos establecidos en la normativa vigente, pues según la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida es nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación por sustitución, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante.

— ¿Hay muchos matrimonios por debajo de la edad legal de 16 años?

Llegan pocos y no son conflictivos porque los contrayentes suelen tener poca diferencia de edad y no dan lugar a dudas ya que, por ejemplo, la chica está embarazada. Este tipo de matrimonios son menos frecuentes que antes. En Sevilla no tenemos casos de niñas que se casen con un hombre mucho mayor.

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