Opinión

El republicanito

  • El autor reflexiona sobre las declaraciones de Pablo Iglesias comparando a Puigdemont con los exiliados republicanos

Alberto Revuelta. Abogado

Alberto Revuelta. Abogado

Un político en el ejercicio del poder, y, se supone, de sus plenas facultades mentales ha asimilado el exilio de miles de ciudadanos españoles republicanos de diversos partidos, perseguidos por las huestes franquistas y expuestos por ello a penas de muerte, de cárcel, de depuraciones, trabajos forzados o sentencias del “Carnicerito de Málaga”, un tal Arias Navarro que fue presidente del gobierno español muerto Franco, al de Carles Puigdemont que se fue del país por su voluntad para evitar ser citado por un tribunal, detenido en su caso, juzgado con posibilidad de recursos diversos y se ha aposentado en Europa.

El señor Puigdemont, exiliado, diputado español en el Europarlamento, cobra por ello 8.757,70 euros mensuales. Más 4.513 euros mensuales en concepto de dietas. Más 24.943 euros mensuales para pagar hasta tres asistentes personales como diputado. Si mis cálculos a mano y recordando la escuela son ciertos, 468.566 euros anuales.

Basta ver los documentales cinematográficos del exilio español en Francia o Bélgica, o leer los informes y libros sobre tal exilio, o el habido en muchos países latinoamericanos para los más pobres de los que hubieron de huir, para comprender la astronómica diferencia de ambas situaciones y poner en solfa las afirmaciones de un pretendido intelectual, doctor en todo.

J.T. es una nigeriana que lleva 11 años en España, familia monoparental, con un niño nacido y criado en este país, de 9 años, que vive en las 3.000 viviendas y que se sustentan ambos gracias a que J.T. hace de guardacoches en una rotonda de una avenida sevillana.

J.T. solicitó hace meses el Ingreso Mínimo Vital que propició, entre otros, el político e intelectual que entiende que 468.566 euros anuales que cobra un político que no desea ser juzgado en España es lo mismo que pasar hambre en un campo de refugiados francés en el año 1940. A J.T. no le contestaron y tras algunas peticiones ha recibido anteayer una resolución de la Administración que rige, entre otros, tal político en ejercicio, diciéndole que le deniegan la prestación. Que le deniegan “la vital” que es como se conoce en las 3000 esa prestación.

¿Por qué?. No se lo dicen. La Administración que rige, entre otros, el caballero comparador de exilios varios viola el articulo 35 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo que obliga a motivar las resoluciones como la que ha recibido J.T.

¿Sabía la infraestructura que ayuda al tal caballero lo que le ocurría a J.T. para pedir la vital?. Sí, desde el 3 de diciembre de 2020. Quien firma esta columna se lo había hecho saber y por ventanilla única del servicio universal postal. ¿Ha hecho algo?. Sí, hablar con Gonzo. ¿Y a J.T.?. Que la zurzan con hilo negro.

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