Secreto de Sumario

Diez años para condenar un caso de decodificadores piratas de televisión

Diez años para condenar un caso de decodificadores piratas de televisión

Diez años para condenar un caso de decodificadores piratas de televisión

La Justicia ha tardado diez años en condenar un caso de piratería de decodificadores de televisión de pago, a través del denominado cardsharing, una práctica fraudulenta que consistía en compartir la tarjeta de abonado que permite el acceso a contenidos y cnales de televisión con otros usuarios que no tienen contratado el servicio. La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de 18 meses de cárcel y el pago de una multa de 3.240 euros para un hombre que vendía por internet los dispositivos electrónicos para poder ver Canal Plus gratis y que incluso publicaba anuncios con las ofertas, pero ha absuelto a su pareja, que había sido condenada a la misma pena, al entender que la mujer sólo se benefició del delito como partícipe a título lucrativo. El acusado deberá además indemnizar con 27.675,52 euros a la empresa Distribuidora de Televisión Digital (DTS).

Un juzgado de lo Penal condenó inicialmente a la pareja en una sentencia que declaraba probado que los hechos se remontan a 2013, cuando el acusado publicó un total de 35 mensajes en una web de anuncios en los que ofrecían "la venta de decodificadores para ver los contenidos de Canal Plus con precios que oscilaban entre los 80 y los 150 euros".

El acusado había adquirido dichos aparatos a un precio de 60 euros y posteriormente modificó su software para poder ver los contenidos decodificados de Canal Plus y los vendía "con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito". Además, ofrecía los servicios de apertura de los canales denominados "taquilla" con un precio de suscripción de diez euros mensuales, relata la sentencia.

Uno de esos anuncios publicados en la web decía lo siguiente: "Plus Total. Vendo decodificadores, no necesita cuotas ni actualizarlo, sólo una conexión a internet y una parabólica. Si ya tiene instalación echa (sic) sólo necesita el decodificador. Se ven todos los canales. Podrás ver el fútbol de la licha, la champions, en alta definición 1080p. Todos los canales de C+, Películas, series, documentales, reportajes. También se ven canales de pago como playboy tv, y caza y pesca. atiendo por whatsapp (no tiene cortes). 150 euros".

Un anuncio fue interceptado por personal de la empresa Distribuidora de Televisión Digital (DTS) y un trabajador de la misma "se hizo pasar por un cliente y contactó con el acusado", adquiriendo el 3 de septiembre de 2013 un decodificador por el precio de 157 euros (150 más siete de gastos de envío) que fueron ingresados en una cuenta de la mujer del acusado. Una semana más tarde, el trabajador recibió un decodificador de la marca Skybox que fue entregado, sin abrir el paquete, a la Brigada de Investigación Tecnológica del Grupo Antipiratería de la Policía Nacional.

Una vez abierto, se verificó que el aparato se conectaba a una IP en Alemania y una vez conectado se podía ver libremente la señal codificada de Canal Plus y Digital Plus. El 30 de julio de 2014 se efectuó un registro en el domicilio de la pareja en Sevilla, donde fueron intervenidos varios discos duros en los que fue hallado el software necesario para "manipular los decodificadores y una manual de instalación y modificación del firmware" de los aparados, así como varios correos electrónicos que hacían alusión a los canales de "taquilla" con instrucciones para su pago y las horas de apertura y listados de la web Paypal con las personas a las que prestaba su servicio.

La sentencia ha absuelto a la mujer del acusado al estimar que no se ha constatado que "tuviera participación activa en las actividades ejecutadas" por su pareja relacionadas con la "compra de decodificadores, de su manipulación o de facilitación de acceso a contenidos codificados emitidos por la entidad perjudicada".

La Audiencia rechaza el recurso de apelación del acusado contra la sentencia del juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla, en el que había alegado que entre la compra del decodificador y su entrega a la Policía habían transcurrido 13 días y por tanto pudo ser "objeto de manipulación antes de su entrega" a los funcionarios del grupo antipiratería.

El tribunal niega la posible manipulación porque entiende que se ha acreditado la "correlación entre las características del producto ofertado en internet y el que recibió para su análisis el equipo de investigación de manos del denunciante. La presunta manipulación del embalaje que cita en su recurso, o la retirada o cambio de los sellos o del precinto, no se han demostrado en modo alguno, ni se deducen de las actuaciones policiales en las que aparece intacto en su envoltorio el paquete recibido por correo y entregado", asegura la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.

La Sala también se ha opuesto a aprecias una circunstancia atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre la fecha en la que ocurrieron los hechos, en el año 2013, y la finalización del proceso con el dictado de la sentencia porque, según indica, no se han incorporado fechas, avatares procesales u otras vicisitudes que "permitan alcanzar la convicción de que estamos en presencia de una dilación extraordinaria indebida en la tramitación del procedimiento, según el artículo 21.6 del Código Penal".

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